Una vez hecha pública la
Sentencia definitiva de la APZ , se comprueba cómo los magistrados
prefirieron resolver sin examinar la documentación aportada con posterioridad
al archivo dictaminado por el Juzgado nº 5 anteriormente, de modo que se
considera que no existe delito alguno en el procedimiento abierto y fallado en
primera instancia.
A su vez, la Audiencia
estima erróneo, por no ajustarse a derecho, la arbitraria decisión de condenar
a costas a Edmundo Núñez, porque dicha decisión no la permite el ordenamiento
jurídico actual. Un error que en su día dejó boquiabiertos a propios y
extraños, como también sorprendió más recientemente el extraño “traspapeleo” de
un año y medio del recurso a la
Audiencia , como quedó documentado en su día en este blog.
Abajo de la sentencia está disponible en enlace a la entrevista de Cadena
SER Bajo Gállego a Edmundo Núñez, donde explica pormenores de la documentación
que la Audiencia
no quiso examinar y que será aportada a la siguiente causa para seguir
defendiendo los intereses de los propietarios del Barrio de el Saso.